“Queda librado enteramente al libre juego político de la mayoría de votos en el seno de la Legislatura”, señala el Consejo de Abogados de Resistencia con respecto al método de designación del Defensor del Pueblo y del Defensor del Pueblo Adjunto. También critican que se haya quitado el requisito de ser abogado.
El Consejo Profesional de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial del Chaco manifestó su disconformidad con el procedimiento de selección del Defensor del Pueblo titular y adjunto que se encuentra en curso.
A través de un comunicado de prensa, señalaron que “nuevamente se ha omitido la instauración del concurso público de antecedentes y oposición y antes que incrementar las condiciones y requisitos objetivos que prueben la idoneidad de los aspirantes, la Legislatura los ha atenuado, al tiempo en que por medio de la Ley N° 7774, ha suprimido la exigencia de ser abogado, instaurado por la Ley N° 6817, para el caso del Defensor Adjunto.
Es decir que la selección del Defensor del Pueblo, vital instrumento de vigilancia y realización de los Derechos Humanos y de resguardo de la legalidad pública, queda librado enteramente al libre juego político de la mayoría de votos en el seno de la Legislatura, eximiendo a los aspirantes y a la ciudadanía chaqueña del único procedimiento que en condiciones de igualdad y objetividad permite comprobar el cumplimiento constitucional de la idoneidad para el acceso a la función pública, esto es el concurso de antecedentes y oposición.
No ha modificado ni mejorado este déficit, la voluntaria y no vinculante instancia de audiencia sui generis que la Cámara de Diputados ha pergeñado para recibir y escuchar a los aspirantes que quisieran participar, dándose el particular y llamativo caso de que se ausente precisamente uno de los aspirantes que es a la sazón el Defensor del Pueblo titular cuyo mandato ha fenecido”.
“La función constitucional encomendada al Defensor del Pueblo es de una relevancia instrumental, por lo que condiciona la misma efectivización de los derechos humanos, siendo por ello imprescindible que su selección se rodee de las máximas garantías que puedan aportar objetividad y transparencia a su elección”, puntualizaron.
En ese contexto, subrayaron: “lamentamos y nos oponemos en especial a la supresión del requisito de ser abogado vigente hasta la reciente sanción de la Ley N° 7774, para el cargo de Defensor Adjunto, toda vez que la formación profesional en la abogacía y la habilitación legal para ejercerla, son condiciones especialmente necesarias para acompañar al Defensor titular en el ejercicio de sus competencias públicas, las cuales se desenvuelven en su mayoría mediante la promoción de acciones y recursos judiciales.
Esperamos además que esta deliberada e intempestiva supresión del requisito de ser abogado, no sea producto de una previa componenda dirigida a consumar un acuerdo espurio anterior, consagrando por adelantado a un aspirante que se sabía no reunía tal requisito”.
Por último, exhortaron a la Legislatura “a reconducir el proceso de selección, instaurando formas transparentes y objetivas que suman legitimidad democrática a la selección de los funcionarios que deberán ser precisamente baluartes y custodios del sistema de derechos y de los principios republicanos”.