Fue por disposición de la jueza de Faltas de Resistencia, como consecuencia de reiteradas infracciones relacionadas a las condiciones de seguridad obligatorias para este tipo de emprendimientos.
La magistrada Marcela Fabiana Cortés, jueza de Faltas de la capital chaqueña, decidió clausurar el popular boliche conocido como “Divinamente”, ubicado en la intersección de Avenida Sarmiento y Combate de Obligado.
Esta decisión ocurrió de manera posterior al rechazo del recurso de apelación que hizo Roberto Hang por parte del juzgado Correccional Nº 3. Se confirmó de esta manera la Resolución Nº 1435 del 18/09/15 de la citada jueza de Faltas del Poder Judicial.
Cabe destacar que todo se da en marco del antecedente ocurrido en 2014, cuando el juzgado de Faltas Municipal clausuró el boliche por no reunir las condiciones de seguridad correspondientes. De igual manera, los encargados del local bailable decidieron seguir con las actividades con presentaciones de estudiantes de promociones secundarias de Resistencia, eventos en los que los jóvenes consumían alcohol y abarrotaban las instalaciones.
En su resolución, Cortés recordó que la Argentina cuenta con antecedentes trágicos en locales de similares características y destacó que los empresarios o propietarios de locales bailables debieran actuar con la responsabilidad social necesaria para el tipo de actividad, y considerar la cantidad de vidas que ésta involucra.
La jueza de Faltas también señaló como una singularidad el que se condenó a Roberto Oscar Hang como responsable del local “Divinamente” a la pena de 60 días de arresto de ejecución condicional y se absolvió a Eustaquio Enrique, quien figura como titular del local, en virtud de que fuera probado que el lugar fue utilizado por Hang, para deslindar su responsabilidad administrativa, laboral y contravencional.
Al respecto, la magistrada informó que el titular de “Divinamente” es un empleado de mantenimiento del local, que se dedica a tareas de jardinería, limpieza general y de baños, sin recibo de sueldo y que se traslada a su lugar de trabajo en bicicleta. Se impuso como pena accesoria la clausura del local Divinamente por 60 días.
