ATECH exigió al Ministerio de Educación que pague los sueldos a docentes suplentes

Sociedad

El gremio reclamó de manera formal ante la cartera provincial por una problemática que viven distintos profesores que, en calidad de suplentes, todavía no pueden recibir los haberes correspondientes a sus funciones.

La ATECH, ante falta de pago a docentes suplentes por distintas causales, ha reclamado formalmente ante el MECCyT, la liquidación de los haberes en tiempo y forma.

Hoy, utilizando algunos “argumentos” sin ninguna justificación legal, empleados jerárquicos del sistema, políticos y/o técnicos, proceden a dilatar dicha liquidación de haberes utilizando argumentos burdos e ilegales; no cumpliendo los trámites pertinentes que indica la legislación vigente para el pago al docente que realiza las suplencias, por ejemplo, para docentes que cubren suplencias por artículo 321 m) de la Ley 3529 –Estatuto del Docente-, (ley propiciada por ATECH ante la injustificable demora en la extensión de las certificaciones de servicios a docentes en condiciones de jubilarse por parte de la cartera educativa), no se procede a la liquidación de sus haberes “arguyéndose” que no se tiene el instrumento legal que debe otorgar el Subsecretario de educación, queriéndosele hacer en algunos casos, firmar “actas” a los mismos, para que no reclamen la falta de liquidación de sus sueldos. Sin duda, esto representa un entorpecimiento del cumplimiento de la ley. Se le debe confeccionar el alta  al colega suplente y liquidársele  sus haberes con el número de actuación por el cual se solicita esta licencia, y la subsecretaría emitirá el instrumento legal en el momento que corresponda.

En la Comisión de Política Salarial y Condiciones de Trabajo se acordó expresamente lo anteriormente citado.

Sin dudas, pareciera ser que esta licencia –logro de nuestro Sindicato-, para todos los colegas del sistema educativo, no ha puesto felices a algunos, que tratan de obstaculizar los efectos de esta ley.

También ATECH ha reclamado el pago urgente para los colegas que han hecho o hacen suplencias en cargos u horas  por licencia especial 350, donde la falta del instrumento legal, resolución ministerial, sirve como argumento para no pagar a quien trabaja o ha trabajado en dichos cargos.

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