El diputado Gutierrez busca establecer un Programa de Reciclado de Residuos Sólidos Urbanos

Politica

Un nuevo proyecto de ley con ingreso Nº 4305/2016 prestando por el diputado Livio Gutierrez solicita establecer un Programa de Reciclado de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) en el ámbito de la provincia, con el fin de reducir la cantidad de elementos contaminantes, fundamentalmente sobre las cuencas hídricas de la provincia, y en particular sobre las aguas subterráneas.
Hace ya casi cuatro años la Legislatura aprobó la ley 7.034 sobre gestión ambiental de los Residuos Sólidos Urbanos, la cual fue reglamentada mediante el decreto 2.417/12. Sin embargo, nunca se aplicó realmente. Por un lado, se dejó a los municipios la exigencia de presentar y ejecutar un plan sobre la cuestión, pero sólo algunos lo hicieron, .
Por otra parte explica Gutierrez “dicha ley impulsaba la creación de una empresa del Estado, o con participación estatal mayoritaria, entre cuyas funciones ponía la de recuperar, reciclar y reutilizar los residuos, y explotar industrial y comercialmente los mismos, sin embargo, a cuatro años de su aprobación, dicha empresa no existe”.

En este sentido el legislador mencionó “el objetivo de la presente iniciativa es darle impulso definitivo a aquella ley, incorporando además la obligatoriedad de la instalación de plantas de selección de residuos y de reciclado, centrándose en los municipios de primera categoría pero con apoyo provincial ”, aclarando “no sólo porque son los más aptos desde el punto de vista de estructura presupuestaria para impulsar la medida, sino porque y fundamentalmente, son los que más residuos generan, por tener mayor población”.
“Varios municipios recibieron fondos por millones y las plantas no están terminadas, o no son operativas, se dilapidaron millones sin respuestas a la población de hecho muchos de los casos están denunciados en la Justicia Federal, en suma el Chaco en conjunto fue muy beneficiado y el dinero nunca se invirtió como se debía” afirmo Gutierrez.

“Claramente la falta de control sobre los desechos domiciliarios produce, de forma directa, contaminación de agua, del suelo, del aire por lo cual propiciamos la presente norma”.

La reglamentación
Siendo respetuoso de las autonomías municipales , pero con la idea superadora que los municipios de primera categoría deben contar con plantas de selección de residuos, y plantas de reciclado, para el tratamiento de los RSU antes de su disposición final en rellenos sanitarios y absolutamente consciente que para asegurar el cumplimiento de la presente Ley, siendo claro la provincia debe apoyar la instalación de estas plantas como contrapartida .

Los Municipios podrán optar por integrar la selección y reciclado en una sola planta, para reducir el costo del transporte de los elementos. Y el Gobierno Provincial creará una línea de financiamiento para la construcción de las mismas, con créditos a 10 años de plazo y tasas subsidiadas, cuyas cuotas podrán ser deducidas automáticamente de las transferencias del Fondo de Participación Municipal.
Los municipios de segunda y tercera categoría podrán adherirse por ordenanza de sus respectivos consejos municipales.

El fin de los residuos
Las Plantas de Selección de Residuos tendrán la función de seleccionar y extraer de los RSU aquéllos elementos a los que sea factible aplicar técnicas de reciclado para su reutilización con los mismos u otros fines, luego de un proceso industrial, en particular plásticos, papel, y vidrio.
Un 5% del volumen total de elementos seleccionados deberá destinarse a escuelas de nivel secundario para que los alumnos puedan aprender técnicas básicas de reciclado de materiales. El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología incluirá talleres de reciclado ya sea en materias afines o como materia independiente.

Los elementos que no sean seleccionados en el proceso seguirán su curso hacia rellenos sanitarios u otros centros de disposición final de RSU que aseguren la no contaminación de las cuencas hídricas y no pongan en forma alguna en riesgo la salud de las personas, tal como se establece en el capítulo III de la Ley 7034.

Las plantas de reciclado tendrán la función de reprocesar industrialmente los residuos seleccionados en las plantas de selección de residuos, para que sean aptos para el mismo fin que fueron fabricados originalmente u otros fines. Se asegurará en todos los casos que los procesos industriales aplicados para ello no generen, a su vez, contaminación ambiental.

Los productos elaborados por las plantas de reciclado serán puestos a la venta. Los recursos que se obtengan por la venta de los mismos se destinarán:

  • Si las Plantas de Selección o Reciclado están concesionadas, hasta un 20% se destinará a la retribución de las mismas.
  • Del remanente un mínimo del 50% al plantado de árboles y mantenimiento de espacios verdes urbanos, incluyendo mobiliario de las plazas y parques.

El resto se destinará a un Fondo para el mantenimiento de las escuelas de cualquier nivel que tengan su asiento en el Municipio en cuestión. El Municipio y el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la provincia suscribirán acuerdos de cooperación para su implementación.