3 de abril: hoy es el Día de la Empleada Doméstica

Sociedad

Este 3 de abril, las empleadas domésticas gozarán de un día no laborable en su honor. En caso de que tengan que trabajar en la jornada, deberán ser remuneradas el doble.

En 2015, a través de la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares Nº 3 (del 29 de octubre de 2015), se fijó el día 3 de abril como “Día del Personal de Casas Particulares” en conmemoración a la fecha en que fue promulgada la Ley 26844 del “Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” en 2013.

Según indica el Ministerio de Trabajo, este día es considerado no laborable, es decir, sin pérdida de la remuneración. “En caso de que el personal prestare tareas en dicho día festivo, su remuneración se incrementa con un recargo equivalente al 100% del salario diario”, aclaran en la página web.

En tal caso, si el empleador requiere de los servicios de la empleada por horas, se multiplica el valor de las horas de la jornada por dos y ese es el valor a pagar.

Si el personal tiene un sueldo mensual, se divide el salario básico por la cantidad de días que trabaja al mes y les dará el valor de la jornada. Ese monto se multiplica por dos y es el valor de la jornada del feriado.

Para más datos:
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación: www.trabajo.gob.ar/domestico
Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares Tel.: 0800-666-4100 (opción 1 luego opción 5) Email: consultas@trabajo.gob.ar (Horario: 08:00 a 20:00 hs.)
Sindicato del Servicio Doméstico: www.upacp.com.ar