La Cámara de Diputados del Chaco votó a favor de la iniciativa durante la jornada de hoy. Desde ahora, en la provincia habrá ‘Cupo Habitacional Joven’ en todos los planes habitacionales a cargo del Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda (IPDUV).
La normativa establece que las casas estarán destinadas al 5% de grupos familiares cuyos titulares sean jóvenes de entre 18 a 35 años de edad inclusive.
En ese marco, se dejó establecido que los beneficiarios deberán reunir las condiciones y requisitos para acceder a una vivienda social conforme a la reglamentación vigente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la Constitución Provincial 1957-1994.
Paralelamente, se creó que el “Registro de Adjudicatarios Jóvenes”, de conformidad al concepto de primer vivienda en los términos de la Ley 2365-B (antes ley 7662) “Ley Provincial de Juventud”, en el ámbito del Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda, en el cual se asentarán los beneficiarios del cupo habitacional y crediticio habitacional previsto en la presente.
De todos modos, el Poder Ejecutivo provincial tendrá la facultad para definir los requisitos y condiciones para que los jóvenes accedan a los beneficios indicados en artículos anteriores.
Asimismo, podrá delegar en el Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda la instrumentación de la normativa aclaratoria y complementaria a la reglamentación que fuere pertinente para el mejor cumplimiento de lo establecido en esta ley.
La ley se plasmó a partir de iniciativas de los diputados Darío Bacileff Ivanoff (2679/13), otro de los diputados radicales Roy Nikisch, Carim Peche, Irene Dumrauf, Hugo Domínguez y diputados MC (3186/14) y un proyecto ingresado este año de la legisladora Nadia García Amud (618/18).