«MEGACREDITOS SRL C/ GONZALEZ MARGARITA DEL CARMEN S/ Ejecutivo» Expte. N° 1824/24

Edictos

Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial N° 8, a cargo de la Dra. Olga Susana Lockett, Juez, Secretaria 8, de esta ciudad, con sede en Avda. Laprida Nº 33 Torre 2 -3º Piso, notifíquese el despacho Monitorio, en su parte resolutiva, al ejecutado MARGARITA DEL CARMEN GONZALEZ, D.N.L. Nº 18.324.653 por Edictos que se publicarán por un (01) día en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolo para que dentro de cinco (05) días tome intervención en autos, «MEGACREDITOS SRL C/ GONZALEZ MARGARITA DEL CARMEN S/ Ejecutivo» Expte. N° 1824/24, bajo apercibimiento de designarse un Defensor de Ausentes para que lo represente. Se hace saber «Resistencia, 06 de Marzo de 2024.- ro AUTOS Y VISTOS (…) CONSIDERANDO (…) RESUELVO: 1- LLEVAR ADELANTE la ejecución, contra MARGARITA DEL CARMEN GONZALEZ, D.N.Ι. Ν° 18.324.653. hasta hacerse el acreedor integro pago de la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHENTA Y CINCO CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($492.085,42) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. II. PRESUPUESTAR la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUARENTA Y DOS ($246.042,00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER al ejecutado que dentro del quinto (5) día a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del CPCC. bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 -tercer y cuarto párrafo- del citado cuerpo legal. IV.- IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 538 del CPCC). V.- REGULAR los honorarios de la profesional interviniente: GABRIELA VERONICA GARCIA (3580), en la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($162.240.00) en carácter de patrocinante, y en la suma de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS (S64.896.00) como apoderada, con más L.V.A. si correspondiere, (arts. 3. 5, 6 y 15 de la L.A.), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. VI. NOTIFIQUESE en el domicilio real, o el contractual, o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida del ejecutado, de conformidad con el art. 530 del CPCC y con las formalidades establecidas en el art. 341 del citado cuerpo legal, el cual deberá ser íntegramente transcripto, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada. VIIL-REGISTRESE, PROTOCOLICESE, OLGA SUSANA LOCKETT Juez, Juzgado Civil y Comercial N° 8″. Resistencia 5 SEP 2024

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