– La Dra. OLGA SUSANA LOCKETT, Juez del Juzgado Civil Nº 8, sito en Av. Laprida 33, Torre II, 3° Piso, ciudad, en autos: «CREDIL S.R.L. C/ ESPINOZA, ANDRES SALVADOR JESUS S/ EJECUTIVO», Expte. N° 10.683/23: «Resistencia, 27 de noviembre de 2023.-… trábase embargo sobre los haberes que como dependiente de ATACO NORTE S.A.C.I, percibe la parte ejecutada, ANDRES SALVADOR JESUS ESPINOZA, D.N.I. N° 29.925.545, hasta cubrir la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA (S 473.840,00) (capital. $ 206.880,00; intereses y costas provisoriamente presupuestados: $ 103.440,00 y honorarios: $ 163.520,00) … Notifíquese personalmente o por cédula al ejecutado el embargo trabado en su ausencia… Fdo.: Dra. Olga Susana Lockett, Juez»; «Resistencia, 27 de noviembre de 2023. AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO: I.- LLEVAR ADELANTE la ejecución, contra ANDRES SALVADOR JESUS ESPINOZA, D.N.I. N°29.925.545, hasta hacerse el acreedor integro pago de la suma de PESOS DOSCIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA ($ 206.880,00) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. II. PRESUPUESTAR la suma de PESOS CIENTO TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA ($ 103.440,00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER al ejecutado que dentro del quinto (5°) día a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del CPCC, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 -tercer y cuarto párrafo- del citado cuerpo legal. IV.- IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 538 del CPCC), V.- REGULAR los honorarios de los profesionales intervinientes: VALERIA ALICIA DURAN ACEVEDO (2582), en la suma de PESOS CIENTO DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 116.800,00), como patrocinante y a ANDRES ALEJANDRO CARIC FERNANDEZ (2044) en la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTE ($ 46.720,00) como apoderado, con más I.V.A. si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición… VI. NOTIFIQUESE en el domicilio real, o el contractual, o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida del ejecutado, de conformidad con el art. 530 del CPCC у con las formalidades establecidas en el art. 341 del citado cuerpo legal, el cual deberá ser íntegramente transcripto, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada. VII.- REGISTRESE, PROTOCOLICESE. Fdo.: Dra. Olga Susana Lockett, Juez»; «Resistencia, 26 de Febrero de 2025.- …Habiéndose cumplimentado con el trámite previsto por el art. 162 del C.P.C.C. y art. 530, notifíquese el despacho Monitorio, en su parte resolutiva, al ejecutado ANDRES SALVADOR JESUS ESPINOZA, D.N.I. N° 29.925.545 por EDICTOS que se publicarán por un (01) día en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolo para que dentro de cinco (05) días, tome intervención en autos, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausentes para que lo represente. Fdo.: Dra. OLGA SUSANA LOCKETT Juez”. -Resistencia, 13 de marzo de 2.025-
«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA(180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS
Publicado el día Miercoles 23 de Abrilde 2025 18.25 hs.
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