La nueva reglamentación de la Ley de Registro de Electores Residentes en el Exterior permitirá que los ciudadanos argentinos que viven fuera del país voten por correo postal. También seguirá vigente la opción del sufragio presencial en las sedes consulares.
El presidente Javier Milei estableció modificaciones en la reglamentación de la Ley de Registro de Electores Residentes en el Exterior, incorporando la posibilidad del voto por correo postal para los argentinos que viven fuera del país. La medida, oficializada mediante el Decreto 239/2025, fue publicada en el Boletín Oficial y busca facilitar la participación electoral de los ciudadanos en el extranjero.
El Registro de Electores Residentes en el Exterior continuará bajo la administración de la Cámara Nacional Electoral y se mantendrá como un padrón permanente, lo que implica que quienes realicen el cambio de domicilio en su Documento Nacional de Identidad (DNI) serán inscriptos automáticamente. No obstante, quienes deseen excluirse de este registro podrán solicitarlo formalmente.
Cómo será el voto por correo postal
Los ciudadanos interesados en votar por correo deberán inscribirse en un registro digital que habilitará la Cámara Nacional Electoral. Este proceso podrá realizarse entre 150 y 120 días antes de las elecciones, es decir, del 29 de mayo al 28 de junio, considerando que los comicios nacionales están previstos para el 26 de octubre.
Una vez inscritos, los votantes recibirán en su domicilio la boleta única, un sobre de seguridad para el sufragio, un instructivo y una declaración jurada de identidad. El voto deberá ser enviado antes del último día hábil previo a las elecciones, ya sea depositándolo en un buzón consular habilitado o enviándolo por correo postal.
Cabe recordar que el voto de los argentinos en el exterior sigue siendo voluntario, por lo que no habrá sanciones para quienes no participen en el proceso electoral.