ABRIELA ELIZABETH ESPER JUEZ, a cargo del Juzgado Civil y Comercial N° 12, sito en GUEMES 609, de la ciudad de Resistencia, Chaco, ha dispuesto a librar la presente a fin de que se NOTIFIQUESE POR EDICTOS el despacho monitorio dictado al/a la Sr/a. OSCAR ALEGRE, (DNI N° 21.623.529), los cuales se publicarán por DOS (2) dias en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolo/a a que, en el término de CINCO (5) días y bajo apercibimiento de designarse defensor/a de ausente para que lo/la represente, tome intervención en autos. NOT.GABRIELA ELIZABETH ESPER JUEZ JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N°12 El presente documento fue firmado electrónicamente por: ESPER GABRIELA ELIZABETH, DNI. 30.789.675, JUEZ IRA. INSTANCIA. LA PARTE RESOLUTIVA DEL DESPACHO MONITORIO DICE: Resistencia, 4 de Diciembre de 2024 RM AUTOS Y VISTOS CONSIDERANDO: RESUELVO: I) EMITIR DESPACHO MONITORIO CONTRA OSCAR ALEGRE, (DNI N° 21.623.529), condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA MIL ($360.000) en concepto de capital, con mas los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS CIENTO OCHENTA MIL ($180.000), sujeta a liquidación definitiva II) HACER SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de CINCO (5) dias, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. 1) de la presente, u OPONERSE a éste despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 párrafo tercero del ritual. Asimismo, INTIMASELO a que en igual plazo constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por notificado por Ministerio de la Ley en los términos del art. 56 del C.P.C.C- III) IMPONER las costas a la parte ejecutada (art. 538 del C.P.C.C.).IV) REGULAR los honorarios profesionales del/de la Dr/a. FACUNDO LUIS CABRAL en la suma de PESOS DOSCIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($217.257,00) en el carácter de patrocinante y en la suma de PESOS OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TRES ($86.903,00) como apoderado/a, con más IVA si correspondiere, (arts 3, 5, 6 y 15 de la L. A.), con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. VI) NOTIFICAR la presente en el domicilio del ejecutado con copias de la diligencia, de la demanda y documental de conformidad a lo normado por los arts 530 y 341 del CPCC. con transcripción de los mencionados articulos. VII) NOTIFIQUESE REGISTRESE Y PROTOCOLICESE GABRIELA ELIZABETH ESPER JUEZ JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N°12 El presente documento fue firmado electrónicamente por ESPER GABRIELA ELIZABETH, DNI 30.789.675, JUEZ IRA INSTANCIA, en autos caranulados GARCIA, FABIO NICOLAS C/ ALEGRE, OSCAR S/ EJECUTIVO Expte N° 12343/24 RESISTENCIA. 15 DE ABRIL DE 2025.
«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS»
Publicado el día Sábado 17 de mayo 18.30 hs.
Nº de publicación: 00035