GARCIA, FABIO NICOLAS C/ AMARILLA, ANDREA MARIAM S/EJECUTIVO Expte. N ° 10250/2

Edictos

RA. OLGA SUSANA LOCKETT Juez, a cargo del Juzgado Civil y Comercial N° 8, sito en Laprida Nº 33 torre 2 piso 3, de la ciudad de Resistencia, Chaco, ha dispuesto a librar la presente a fin de que se notifiquese el despacho Monitorio, en su parte resolutiva, al ejecutado ANDREA MARIAM AMARILLA, D.N.I. N° 31.971.471 por Edictos que se publicarán por un (01) día en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolo para que dentro de cinco (05) días, tome intervención en autos, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausentes para que lo represente. NOT. LA PARTE RESOLUTIVA DEL DESPACHO MONITORIO DICE: Resistencia, 8 de Octubre de 2024. ad AUTOS Y VISTOS: … CONSIDERANDO…. RESUELVO: I- LLEVAR ADELANTE la ejecución, contra ANDREA MARIAM AMARILLA, D.N.I. N°31.971.471, hasta hacerse el acreedor integro pago de la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000,00) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. II. PRESUPUESTAR la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000,00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER al ejecutado que dentro del quinto (5°) día a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del CPCC, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 -tercer y cuarto párrafo- del citado cuerpo legal. IV IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 538 del CPCC), V-REGULAR los honorarios de los profesionales intervinientes: FACUNDO LUIS CABRAL (MP 8625) en la suma de PESOS DOSCIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($217.257,00) en carácter de patrocinante y en la suma de PESOS OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TRES ($86.903,00) como apoderado, con más I.V.A. si correspondiere, (arts, 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifiquese a Caja Forense por Secretaria via internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. VI. NOTIFIQUESE en el domicilio real, o el contractual, o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida del ejecutado, de conformidad con el art. 530 del CPCC y con las formalidades establecidas en el art. 341 del citado cuerpo legal, el cual deberá ser integramente transcripto, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada. VII.- REGISTRESE, PROTOCOLICESE, OLGA SUSANA LOCKETT Juez Juzgado Civil y Comercial N° 8 El presente documento fue firmado electronicamente por: LOCKETT OLGA SUSANA, DNI N° 17.697.172, JUEZ IRA INSTANCIA. en autos caratulados GARCIA, FABIO NICOLAS C/ AMARILLA, ANDREA MARIAM S/EJECUTIVO Expte. N ° 10250/2
RESISTENCIA, 07 DE MAYO DE 2025.

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Publicado el día SÁbado 17 de mayo 18.45 hs.

Nº de publicación: 00036

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