Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial N° 12, a cargo de la Dra. GABRIELA ELIZABETH ESPER, Juez, Secretaria 12, de esta ciudad, con sede en Calle Güemes 609, se publicarán por DOS (2) días en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazando a que, en el término de CINCO (5) días el demandado Sr. CRISTIAN DE JESUS SENTURION M.I. Nº 30.214.352 tome intervención en los autos caratulados «MEGACREDITOS SRL C/ SENTURION CRISTIAN DE JESUS S/ Ejecutivo» Expte. N° 1454/22, bajo apercibimiento de designarse un Defensor de Ausentes para que lo represente. Se hace saber «Resistencia. 05 de Mayo de 2025. (…) NOTIFIQUESE POR EDICTOS el despacho monitorio dictado al Sr. CRISTIAN DE JESUS SENTURION. (DNI Nº 30.214.352). los cuales se publicarán por DOS (2) días en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolo / la que, en el término de CINCO (5) días y bajo apercibimiento de designarse defensor/a de ausente para que lo/la represente, tome intervención en autos. NOT. -GABRIELA ELIZABETH ESPER JUEZ JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N°12. y siguiente Resistencia, 31 de marzo de 2022. AUTOS Y VISTOS: (…) CONSIDERANDO: (…) RESUELVO: 1) EMITIR DESPACHO MONITORIO contra CRISTIANDEJESUS SENTURION DNI 30.214.352, condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS VEINTICINCO MIL. QUINIENTOS TREINTA Y SEIS ($25.536,00) en concepto de capital. con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA UNO (57.661.00), sujeta a liquidación definitiva. – II) HACER SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. 1) de la presente, u OPONERSE a éste despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del C.P.C.C. bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 párrafo tercero del ritual. Asimismo. INTIMASELO a que en igual plazo constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por notificado por Ministerio de la Ley en los términos del art. 56 del C.P.C.C..-III) IMPONER las costas a la parte ejecutada (art. 538 del C.P.C.C.).-IV) REGULAR los honorarios de las profesionales intervinientes: GABRIELA VERONICA GARCIA en la suma de PESOS TRECE MIL DOSCIENTOS($13.200,00) en carácter de latrocinante y en la suma de PESOS CINCOMILDOSCIENTOS OCHENTA ($5.280.00) como apoderado, con más IV.A, si correspondiere (…) V) AL PEDIDO DE EMBARGO: Atento lo peticionada, TRABASE EMBARGO sobre los haberes que tenga a percibir el/la Sr/a, CRISTIANDEJESUS SENTURION (D.Ν.Ι. Ν° 30.214.352) como dependiente de MUNICIPALIDADDERESISTENCIA, en la proporción del 20% de los mismos y hasta cubrir la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE ($51.677.00) (capital: $25.536.00. intereses y costas provisoriamente presupuestados: $7.661.00, honorarios: $18.480,00). (…) – VII) NOTIFIQUESE. REGISTRESE Y PROTOCOLICESE MARIA DE LOS ANGELES VULEKOVICH JUEZ JUZGADO CIVIL, Y COMERCIAL. №12 «. Resistencia 07 de Mayo 2025.
«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS»
Publicado el día Lunes 30 de Junio 18.46 hs.
Nº de publicación: 00054