Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial N.º B, a cargo de la Dra. Olga Susana Lockett, Juez, Secretaria 8, de esta ciudad, con sede en Avda. Laprida N.º 33 Torre 23º Piso, notifíquese el despacho Monitorio, en su parte resolutiva, al ejecutado HECTOR EDUARDO RAMIREZ, D.N.I. N.° 33.612.997 por EDICTOS que se publicarán por un (01) día en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación. emplazándolo para que dentro de cinco (05) días, tome intervención en autos, 2, bajo apercibimiento de designarse un Defensor de Ausentes para que lo represente. Se hace saber «Resistencia, 13 de Febrero de 2023…AUTOS Y VISTOS (…) CONSIDERANDO (…) RESUELVO: L-LLEVAR ADELANTE la ejecución, contra HECTOR EDUARDO RAMIREZ, D.N.I. N.º 33.612.997, hasta hacerse el acreedor integro pago de la suma de PESOS CIENTO CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS CON SEIS CENTAVOS ($105.442.06) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. II.- PRESUPUESTAR la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTIUNO ($52.721,00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.-HACER SABER al ejecutado que dentro del quinto (5″) día a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del CPCC, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 -tercer y cuarto párrafo- del citado cuerpo legal. IV.- IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 538 del CPCC). V. REGULLAR los honorarios de la profesional interviniente: GABRIELA VERONICA GARCIA, en la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO ($54.194,00) en carácter de patrocinante, y en la suma de PESOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO ($21.678,00) como apoderada, con más I.V.A. si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994), sin perjuicio de la eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaria vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. VI. NOTIFIQUESE en el domicilio real, o el contractual, o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida del ejecutado, de conformidad con el art. 530 del CPCC y con las formalidades establecidas en el art. 341 del citado cuerpo legal, el cual deberá ser íntegramente transcripto, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada VII-REGISTRESE, PROTOCOLICESE El presente documento fue firmado electrónicamente por: SALGADO ANDRES MARTIN, DNI: 23273303, JUEZ 1RA. Instancia». Resistencia, 25 de MARZO 2.025.-
«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS»
Publicado el día Lunes 30 de Junio 18.41 hs.
Nº de publicación: 00053