EDICTO: COFINAR SAS C/ GOMEZ FEDERICO DANIEL S/ EJECUTIVO», Expte. N° 12809/22 – PUBLICADO 04 Y 05 DE JULIO DE 2025

Edictos

El Juzgado Civil y Comercial N° 11 de Resistencia, Chaco a cargo de la DRA. BEATRIZ ESTHER CACERES , Juez, Secretaria actuante, sito en GUEMES 609, en autos caratulados: COFINAR SAS C/ GOMEZ FEDERICO DANIEL S/ EJECUTIVO», Expte. N° 12809/22, se ha dispuesto librar la presente a fin de hacerle saber la siguiente resolución: Resistencia, 10 de Septiembre de 2024.- (…) notifíquese la parte resolutiva del DESPACHO MONITORIO emitido en autos, al ejecutado FEDERICO DANIELGOMEZ, D.N.I. N° 40.803.228, por Edictos que se publicarán por dos (2) días en el Boletín Oficial y en un diario local de mayor circulación. Not.- El presente documento fue firmado electrónicamente por: CACERES BEATRIZ ESTHER,DNI: 16367446, JUEZ 1RA. INSTANCIA. .Resistencia, 15 de febrero de 2023.- (…) RESUELVO: I.- LLEVAR ADELANTE la ejecución contra FEDERICO DANIEL GOMEZ, D.N.I. N° 40.803.228, hasta hacerse el acreedor íntegro pago de la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL ($185.000,00) en concepto de capital reclamado, con los intereses condenados liquidar en la forma establecida en los considerandos. II.- PRESUPUESTAR la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($92.500,00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER al ejecutado que dentro del quinto (5º) día a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art.543 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de que la presente adquirirá el carácter de sentencia, pasándose a la etapa de cumplimiento de la misma de conformidad a lo dispuesto en el art. 541 tercer párrafo de dicho cuerpo legal. IV.- IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 538 del C.P.C.C.). V.- REGULAR los honorarios del profesional interviniente: OCTAVIO GRACIOSI, en las sumas de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO ($54.194,00)y de PESOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO($21.678,00), como patrocinante y apoderado, respectivamente, con más I.V.A., si correspondiere, (arts.3, 5, 6 y 15 de la L.A., con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina(Ley 26.994), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. VI.- NOTIFIQUESE al ejecutado en el domicilio real, o el contractual o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida, de conformidad con el art. 530 del C.P.C.C. y con las formalidades establecidas en el art. 341delmencionado texto legal, el cual deberá ser íntegramente transcripto en el recaudo a librarse, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada. VII.- REGISTRESE, PROTOCOLICESE. El presente documento fue firmado electrónicamente por: CACERES BEATRIZ ESTHER, DNI: 16367446, JUEZ 1RA. INSTANCIA.. Resistencia,         21 de MARZO de 2025.-

«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS»

Publicado el día Viernes 04 de Julio 11.53 hs.

Nº de publicación: 00068

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