EDICTO, La Dra, OLGA SUSANA LOCKET Juez Juzg. Civil y Com. N° 8,, cito en Av. Laprida N° 33. Torre 2.3° Piso, dice: Resistencia, 2 de Junio de 2025 Habiéndose cumplimentado con el trámite previsto por el art. 162 del C.P.C.C. y art. 530, notifíquese el despacho Monitorio, en su parte resolutiva, al ejecutado OSCAR CLAUDIO ESCALANTE, D.N.I. N°28.779.357 por Edictos que se publicarán por un (01) día en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolo para que dentro de cinco (05) días, tome intervención en autos, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausentes para que lo represente. NOT-Y dice: Resistencia, 03 de Abril de 2025-AUTOS Y VISTOS CONSIDERANDO RESUELVO L-LLEVAR ADELANTE la ejecución, contra OSCAR CLAUDIO ESCALANTE, DNI. N° 28.779.357, hasta hacerse el acreedor integro pago de la suma de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA MIL ($980.000,00) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden IL-PRESUPUESTAR la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA MIL ($490.000,00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III-HACER SABER al ejecutado que dentro del quinto (5°) día a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del CPCC, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 -tercer y cuarto párrafo del citado cuerpo legal. IV-IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 535 del CPCC) V. REGULAR los honorarios del profesional interviniente Dr. SILVIA PATRICIA MAIDANA, en la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS ($237.466.00) en carácter de patrocinante, y en la suma de PESOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS ($94 986,00) como apoderado, con más IV.A. si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la LA), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición VI NOTIFIQUESE en el domicilio real, o el contractual, o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida del ejecutado, de conformidad con el art. 530 del CPCC y con las formalidades establecidas en el art. 341 del citado cuerpo legal, el cual deberá ser íntegramente transcripto, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada VII- REGISTRESE PROTOCOLICESE OLGA SUSANA LOCKETT, Juez Juzg. Civil y Com, 8-Es transcripción textual de Resolución de autos: «AMIEL MARCELO RAFAEL C/ESCALANTE OSCAR CLAUDIO SI EJECUTIVO», Exple. N° 2550/25. Resistencia (Chaco) 04 de Junio de 2025.
«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS»
Publicado el día Viernes 01 de Agosto 09.54 hs.
Nº de publicación: 000107