EDICTO: COFINAR SAS C/ COLUSSI GISELA ELIZABETH 5/ EJECUTIVO», Expte. Nº 329/22 – PUBLICADO 04 Y 05 DE AGOSTO DE 2025

Edictos

El Juzgado Civil y Comercial Nº 12 de Resistencia, Chaco a cargo de la DRA. ESPER GABRIELA ELIZABETH, Juez, Secretaria actuante, sito en GUEMES 609, en autos caratulados: COFINAR SAS C/ COLUSSI GISELA ELIZABETH 5/ EJECUTIVO», Expte. Nº 329/22, se ha dispuesto librar la presente a fin de hacerle saber la siguiente resolución: Resistencia, 17 de Diciembre de 2024( …)NOTIFIQUESE POR EDICTOS el despacho monitorio dictado al/a la Sr/a. GISELA ELIZABETH COLUSSI, (DNI Nº 34.900.130), los cuales se publicarán por DOS (2) días en un diario periodístico digital de la ciudad de conformidad a lo normado por laLey3076-M.(…). NOT.-GABRIELA ELIZABETH ESPER JUEZ JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N12-Resistencia, 22 de Septiembre de 2022.-(…)RESUELVO: 1) EMITIR DESPACHO MONITORIO contra GISELA ELIZABETH, COLUSSI, (D.N.I. Nº 34.900.130), condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS OCHENTA MIL ($80.000,00) en concepto de capital, con mas los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS VEINTICUATRO MIL($24.000,00), sujeta a liquidación definitiva.- Il) HACER SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. 1) de la presente, u OPONERSE a éste despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 C.P.C.C.0, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 párrafo tercero del ritual. Asimismo, INTIMASELO a que en igual plazo constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por notificado por Ministerio de la Ley en los términos del art. 56 del C.P.C. C..- III) IMPONER las costas a la parte ejecutada (art. 538del C.P.C.C.).- IV) REGULAR los honorarios del Dr. OCTAVIO GRACIOSI, en la suma de PESOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS SESENTA ($40.960,00) en carácter de patrocinante y en la suma de PESOS DIECISEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($16.384,00) como apoderado, con más I.V.A. si correspondiere, (arts. 3, 5, 6y 15 de la L.A.), con la limitación prevista por el art. 730del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. V) AL PEDIDO DE EMBARGO: Atento lo peticionado, TRABASE EMBARGO sobre los haberes que tenga a percibir el/la Sr/a. GISELA ELIZABETH, COLUSSI, (D.N.I. N 34.900.130) como dependiente de SERVICIO DE AGUAY MANTENIMIENTO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL – SAMEEP, en la proporción del 20% de los mismos y hasta cubrir la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON VEINTICUATROCENTAVOS($173.386,24) (capital: $80.000,00, intereses y costas provisoriamente presupuestados: $24.000,00, honorarios: $57.344,00 e IVA $12.042,24).(…)VII) NOTIFIQUESE, REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- MARIA DE LOS ANGELES VULEKOVICH – JUZ. CIV. CQM. N 12 . Resistencia 11 de marzo de 2025.

«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS»

Publicado el día lunes 04 de Agosto 18.20 hs.

Nº de publicación: 000112

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.