EDICTO:»FINANPRO SRL C/FERNANDEZ NICOLAS ANDRES S/ EJECUTIVO», Expte. Nº 6489/19

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El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación, a cargo de la DRA OLGA SUSANA LOCKETT -Juez, sito en Av. Laprida Nº33 Torre II 3er Piso, Resistencia, CITA al Sr. FERNANDEZ, NICOLAS ANDRES, D.N.I. Nº 35.689.590, la providencia dictada en autos: «FINANPRO SRL C/FERNANDEZ NICOLAS ANDRES S/ EJECUTIVO», Expte. Nº 6489/19, en su parte resolutiva, DICE: “Resistencia, 20 de agosto de 2019.- Por ello, RESUELVO: I.- LLEVAR ADELANTE la ejecución, contra FERNANDEZ NICOLAS ANDRES D.N.I. Nº 35.689.590, hasta hacerse el acreedor íntegro pago de la suma de PESOS TREINTA y TRES MIL CIEN ($33.100,00) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. II.- PRESUPUESTAR la suma de PESOS NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA ($9.930,00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER al ejecutado que dentro del quinto (5º) día a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del CPCC, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 -tercer y cuarto párrafo- del citado cuerpo legal. IV.- IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 538 del CPCC). V.- REGULAR los honorarios de los profesionales intervinientes: Dres. MANUEL INGARAMO (6872) y MARCELO DAVID LEGUIZAMON (6262) en la suma de PESOS CINCO MIL ($5.000,00) y de PESOS DOS MIL ($2.000,00) en carácter de patrocinantes y apoderados respectivamente y para cada uno de ellos, con más I.V.A. si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. VII.- REGISTRESE, PROTOCOLICESE. DR. ROBERTO ALEJANDRO HERLEIN Juez Juzgado Civil y Comercial Nº8.- El presente debe publicarse por UN (1) día en el Boletín oficial y en el diario local de mayor circulación, bajo apercibimiento de designar Defensor de Ausentes.
Resistencia, 12 de MARZO de 2025.- LILIANA C. R. COSTICHI SECRETARIA JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N°8.

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Publicado el día Martes 12 de Agosto de 2025 12.05 hs.

Nº de publicación:  000142

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