EDICTO: GARCIA, FABIO NICOLAS C/LAVIA, ADRIANA MILKA S/ EJECUTIVO Expte. N. 12345/24 – PUBLICADO 06 Y 07 DE SEPTIEMBRE DE 2025

Edictos

 

DRA CACERES BEATRIZ ESTHER Juez, a cargo del Juzgado Civil y Comercial N° 11, sito en GUEMES 609, de la ciudad de Resistencia, Chaco, ha dispuesto a librar la presente a fin de que se notifiquese la parte resolutiva del DESPACHO MONITORIO emitido en autos, a la ejecutada ADRIANA LAVIA, D.N.I. N° 28.388.408, por Edictos que se publicarán por dos (2) días en el Boletin Oficial y en un diario local de mayor circulación. Not El presente documento fue firmado electronicamente por CACERES BEATRIZ ESTHER, DNI: 16367446, JUEZ IRA. INSTANCIA LA PARTE RESOLUTIVA DEL DESPACHO MONITORIO DICE: Resistencia, 04 de diciembre de 2024. AUTOS Y VISTOS CONSIDERANDO RESUELVO: I-LLEVAR ADELANTE la ejecución contra ADRIANA LAVIA, D.N.I. N° 28.388.408, hasta hacerse elacreedor integro pago de la suma de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000,00) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. 11.- PRESUPUESTAR la suma de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000,00) sujeta aliquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.-HACER SABER a la ejecutada que dentro del quinto (5″) dia a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de que la presente adquirirá el carácter de sentencia, pasándose a la etapa de cumplimiento de la misma de conformidad lo dispuesto en el art. 541 tercer párrafo de dicho cuerpo legal. IV- IMPONER las costas a la pale ejecutada (art. 538 C.P.C.C). V. REGULAR los honorarios del profesional interviniente FACUNDO LUIS CABRAL, en las sumas de PESOS DOSCIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($217.257,00) y de PESOS OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TRES ($86.903,00), como patrocinante y apoderado respectivamente, con más IV.A si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. VI.-NOTIFIQUESE a la ejecutada en el domicilio real o el contractual o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida, de conformidad con el art. 530 y con las formalidades establecidas en el art. 341 del mencionado texto legal, el cual debera ser integramente transcripto, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada VII REGISTRESE, PROTOCOLICESE, El presente documento fue firmado electronicamente por: CACERES BEATRIZ ESTHER, DNI 16367446, JUEZ IRA. INSPANCIA en autos caratulados GARCIA, FABIO NICOLAS C/LAVIA, ADRIANA MILKA S/ EJECUTIVO Expte. N. 12345/24 RESISTENCIA 19 DE mayo DE 2025.

«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA(180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS

Publicado el día sábado 06 de Septiembre de 2025 22.16 hs.

Nº de publicación: 000159

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