EDICTO: «MEGACREDITOS S.R.L C/ HAUPTMANN GERARDO RUBEN S/ Ejecutivo» Expte. N° 11048/22

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Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial N° 8, a cargo de la Dra. Olga Susana Lockett, Juez, Secretaria 8, de esta ciudad, con sede en Avda. Laprida Nº 33-Torre 2-3º Piso, notifiquese el despacho Monitorio, en su parte resolutiva, al ejecutado GERARDO RUBEN HAUPTMANN, D.N.I. N° 29.187.626 por EDICTOS que se publicarán por un (01) día en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolo para que dentro de cinco (05) días, tome intervención en autos caratulados: «MEGACREDITOS S.R.L C/ HAUPTMANN GERARDO RUBEN S/ Ejecutivo» Expte. N° 11048/22, bajo apercibimiento de designarse un Defensor de Ausentes para que lo represente. Se hace saber «Resistencia, 14 de Noviembre de 2022…AUTOS Y VISTOS (…) CONSIDERANDO (…) RESUELVO: I. LLEVAR ADELANTE la ejecución, contra GERARDO RUBEN HAUPTMANN, D.N.I. N° 29.187.626, hasta hacerse el acreedor integro pago de la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($37.951,34) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. II. PRESUPUESTAR la suma de PESOS DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO ($18.975,00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER al ejecutado que dentro del quinto (5») dia a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del CPCC, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 -tercer y cuarto párrafo- del citado cuerpo legal. IV.- IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 538 del CPCC). V.- REGULAR los honorarios de la profesional interviniente: GABRIELA VERONICA GARCIA, en la suma de PESOS VEINTITRES MIL CIENTO SESENTA ($23.160,00) en carácter de patrocinante, y en la suma de PESOS NUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO ($9.264,00) como apoderada, con más LV.A. si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifiquese a Caja Forense por Secretaria via internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justícia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. VI. NOTIFIQUESE en el domicilio real, o el contractual, o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida del ejecutado, de conformidad con el art. 530 del CPCC y con las formalidades establecidas en el art. 341 del citado cuerpo legal, el cual deberá ser integramente transcripto, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada. VII.- REGISTRESE, PROTOCOLICESE. Maria Eugenia Barranco Cortes Juez Subrogante Juzgado Civil y Comercial Nº 8 Resistencia 21 de Mar 30 2025.
«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA(180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS

Publicado el día martes 30 de Septiembre de 2025 11.05 hs.

Nº de publicación: 000221

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Publicado el día martes 30 de Septiembre de 2025 11.45 hs.

Nº de publicación: 000222

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