EDICTO: «MEGACREDITOS SRL c/ VARGAS MIGUEL ANGEL S/ JUICIO EJECUTIVO» Expte. N° 6633/24

Edictos

Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial Nº B, a cargo de la Dra. Olga Susana Lockett, Juez, Secretaria 8, de esta ciudad, con sede en Avda. Laprida Nº 33 – Torre 2-3º Piso, notifíquese el despacho Monitorio, en su parte resolutiva, al ejecutado MIGUEL ANGEL VARGAS, D.N.I. N° 32.647.813 por Edictos que se publicarán por un (01) día en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolo para que dentro de cinco (05) días, tome intervención en autos caratulados «MEGACREDITOS SRL c/ VARGAS MIGUEL ANGEL S/ JUICIO EJECUTIVO» Expte. N° 6633/24, bajo apercibimiento de designarse un Defensor de Ausentes para que lo represente. Se hace saber: «Resistencia. 5 de Julio del 2024.-Fer AUTOS Y VISTOS (…) CONSIDERANDO (…) RESUEL.VO: 1.- LLEVAR ADELANTE la ejecución, contra VARGAS, MIGUEL ANGEL, D.N.I. N° 32.647.813. hasta hacerse el acreedor integro pago de la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($2.453.729.48) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. II- PRESUPUESTAR la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL, OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($1.226.864.74), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER al ejecutado que dentro del quinto (5°) día a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del CPCC, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 -tercer y cuarto párrafo- del citado cuerpo legal. IV.- IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 538 del CPCC). V. REGULAR los honorarios de la profesional interviniente: Dra. GABRIELA VERONICA GARCIA, en la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS SIETE ($333.707.00) en carácter de patrocinante, y en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES ($133.483.00) como apoderada con más L.V.A. si correspondiere, (arts. 3. 5. 6 y 15 de la L.A.), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaria vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. VI. NOTIFIQUESE en el domicilio real, o el contractual, o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida del ejecutado, de conformidad con el art. 530 del CPCC y con las formalidades establecidas en el art. 341 del citado cuerpo legal, el cual deberá ser íntegramente transcripto, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada. VII.- REGISTRESE, PROTOCOLICESE, OLGA SUSANA LOCKETT Juez Juzgado Civil y Comercial N » 8″.Resistencia, 17 de Junio 2025.

«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA(180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS

Publicado el día martes 30 de Septiembre de 2025 19.09 hs.

Nº de publicación: 000226

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