EDICTO:»AMIEL MARCELO RAFAEL C/ACUÑA RICARDO NAHUEL S/EJECUTIVO», Expte. N° 2142/24 – PUBLICADO 18 Y 19 DE SEPTIEMBRE DE 2025

Edictos

GABRIELA ELIZABETH ESPER, Juez, Juzg. Pivy Com. N° 12, cito en Güemes N°609, ciudad, dice: Resistencia, 128 de Agosto de 2025 AUTOS Y VISTOS.. habiéndose cumplimentado con el trámite previsto por los Art. 162 y art. 530 del CPCC NOTIFIQUESE POR EDICTOS el despacho monitorio dictado al Sr. RICARDO NAHUEL ACUÑA, (DNI N° 40.034.132) os cuales se publicarán por DOS (2) días en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolo a que, en el término de CINCO (5) días y bajo apercibimiento de designarse defensor/a de ausente para que lo represente, tome intervención en autos. NOT. Y dice: Resistencia, 26 de Marzo de 2024.- AUTOS Y VISTOS:… CONSIDERANDO:… RESUELVO: I) EMITIR DESPACHO MONITORIO CONTRA RICARDO NAHUEL, ACUÑA, (DNI N° 40.034.132), condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS ($274.300) en concepto de capital, con mas los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, у las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA ($82.290,00), sujeta a liquidación definitiva.- II) HACER SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. 1) de la presente, u OPONERSE a éste despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del C.P.C.C., bajo
apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 párrafo tercero del ritual. Asimismo, INTIMASELO a que en igual plazo constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por notificado por Ministerio de la Ley en los términos del art. 56 del C.P.C.C.- III) IMPONER las costas a la parte ejecutada (art. 538 del C.P.C.C.).- IV)
REGULAR los honorarios profesionales del/de la Dr/a. MAIDANA, SILVIA PATRICIA en la suma de PESOS CIENTO SESENTA y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($162.240,00) en el carácter de patrocinante y en la suma de PESOS SESENTA y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA y SEIS ($64.896,00) como apoderado/a, con más I.V.A. si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición… V) TRABAR EMBARGO sobre los haberes que tenga a percibir el/la Sr/a. RICARDO NAHUEL, ACUÑA, (DNI N° 40.034.132), como dependiente de MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS en la proporción del 20% de los mismos y hasta cubrir la suma de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTISEIS ($583.726,00) (capital: $274.300, intereses y costas provisoriamente presupuestados: $82.290,00, honorarios: $227.136). LIBRESE OFICIO a la patronal del demandado a efectos de que proceda a la toma de razón del embargo trabado, haciéndole saber que los depósitos correspondientes deberán efectuarse en la CUENTA JUDICIAL N° 147565905 C.B.U. N° 3110030211001475659054 del Nuevo Banco del Chaco S.A., Suc.30,, del 1 al 10 de cada mes, a la orden de este Juzgado (C.U.I.T. 33-99917645-9) у como pertenecientes a los presentes autos, debiendo remitir al Tribunal los comprobantes respectivos, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.- Autorízase a la peticionante y/o persona que éste indique a intervenir en el diligenciamiento de dicho recaudo, debiendo aportar el respectivo proyecto el interesado. NOTIFIQUESE a la ejecutada personalmente o por cédula el embargo trabado en su ausencia, en el domicilio real… VI) NOTIFICAR la presente en el domicilio del ejecutado con copias de la diligencia, de la demanda y documental de conformidad a lo normado por los arts. 530 y 341 del C.P.C.C., con transcripción de los mencionados artículos. VII) NOTIFIQUESE, REGISTRESEY PROTOCOLICESE. NICOLAS ALEJANDRO JOKMANOVICH Juez Subrogante Juzg. Civil y Com.I N° 10.- Es transcripción de providencias en autos: «AMIEL MARCELO RAFAEL C/ACUÑA RICARDO NAHUEL S/EJECUTIVO», Expte. N° 2142/24.Resistencia (Chaco), 1s de Septiembre de 2025.-

«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA(180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS

Publicado el día Viernes 19 de Septiembre de 2025 11.11 hs.

Nº de publicación: 000217

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