Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial N° 12/la cargo de la Dra. GABRIELA ELIZABETH ESPER, Juez, Secretaría 12, de esta ciudad, con sede en Calle Güemes 609, NOTIFIQUESE POR EDICTOS el despacho monitorio dictado al/la la Sra. MEDINA ELIAS EZEQUIEL, DNI N.º 38,970,909, los cuales se publicarán por DOS (2)días en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolo/a a que, en el término de CINCO (5) días lome intervención en los autos caratulados «MEGACREDITOS S.R.L. c/ MEDINA ELIAS EZEQUIEL S/ Ejecutivo» Expte. N° 24096/21, bajo apercibimiento de designarse un Defensor de Ausentes para que lo represente. Se hace saber «Resistencia, 01 de Diciembre de 2021…RESUELVO: 1) EMITIR DESPACHO MONITORIO contra MEDINA ELIAS EZEQUIEL, DNI N° 38.970.909, condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTICUATRO ($38.124,00) en concepto de capital, con mas los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE ($11.437,00), sujeta a liquidación definitiva.- 11) HACER SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a éste despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del C.P.C.C. Ley 288-C, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 párrafo tercero del ritual. Asimismo, INTIMASELO a que en igual plazo constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por notificado por Ministerio de la Ley en los términos del art. 56 del C.P.C.C.-111) IMPONER las costas a la parte ejecutada (art. 538 del C.P.C.C.). IV) REGULAR los honorarios de la Dra. GABRIELA V. GARCIA, en la suma de PESOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS ($25.600,00) en carácter de patrocinante y en la suma de PESOS DIEZ MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($10.240,00) como apoderado, con más LV.A. si correspondiere, (arts, 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. V) AL PEDIDO DE. EMBARGO: Atento lo peticionado, TRABASE EMBARGO sobre los haberes que tenga a percibir el Sr. MEDINA ELIAS EZEQUIEL, DNI Nº 38.970.909 como dependiente de la POLICIA PROVINCIAL, en la proporción del 20% de los mismos y hasta cubrir la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS UNO ($85.401.00) (capital: $38.124,00, intereses y costas provisoriamente presupuestados: $11.437.00, honorarios: $35.840,00). LIBRESE OFICIO a la patronal del demandado a efectos de que proceda a la toma de razón del embargo trabado, haciéndole saber que los depósitos correspondientes deberán efectuarse en la CUENTA JUDICIAL del Nuevo Banco del Chaco S.A., Suc. 30, del 1 al 10 de cada mes, a la orden de este Juzgado (C.U.I.T. 33-99917645-9) y como pertenecientes a los presentes autos, debiendo remitir al Tribunal los comprobantes respectivos, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes. Consígnese los respectivos números de cuenta judicial y CBU en los recaudos a librarse. Autorizase a la peticionante y/o persona que éste indique a intervenir en el diligenciamiento de dicho recaudo, debiendo aportar el respectivo proyecto el interesado. NOTIFIQUESE a la ejecutada personalmente o por cédula el embargo trabado en su ausencia, en el domicilio real. VI) NOTIFICAR la presente en el domicilio del ejecutado con copias de la diligencia, de la Dirección de manda y documental de conformidad a lo normado por los arts. 530 y 341 del C.P.C.C., con transcripción de los mencionados artículos. VII) NOTIFIQUESE, REGISTRESE Y PROTOCOLICESE. – MARIA DE LOS ANGELES VULEKOVICHJUEZ. CIV. COM. N° 12.- Resistencia 03 de Septiembre 2025
«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA(180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS
Publicado el día Miércoles 01 de Octubre de 2025 10.43 hs.
Nº de publicación: 000228