El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación, a cargo de la Dra. BEATRIZ ESTHER CACERES – Juez, sito en calle Güemes N° 609, Resistencia, NOTIFICA al Sra. FRETES VERONICA EDITH, D.N.I. N° 33.685.628, la sentencia monitoria dictada en autos: «FINANPRO SRL C/ FRETES VERONICA EDITH S/ EJECUTIVO», Expte. N° 10960/19″, la que en su parte resolutiva, DICE: » Resistencia, 14 de noviembre de 2019.- N°_1642 AUTOS Y VISTOS: …. CONSIDERANDO:… Por ello, RESUELVO: I.- LLEVAR ADELANTE la ejecución, contra VERONICA FRETES, D.N.I. N° 33.685.628, hasta hacerse el acreedor íntegro pago de la suma de PESOS VEINTE MIL TRESCIENTOS VEINTE ($20.320,00) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. II.- PRESUPUESTAR la suma de PESOS SEIS MIL NOVENTA y SEIS ($6.096,00). sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER a la ejecutada que dentro del quinto (5º°) día a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de que la presente adquirirá el carácter de sentencia, pasándose a la etapa de cumplimiento de la misma de conformidad a lo dispuesto en el art. 541 tercer párrafo de dicho cuerpo legal. IV.-IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 538 del C.P.C.C.). V.- REGULAR los honorarios de los profesionales intervinientes: MANUEL INGARAMO Y MARCELO DAVID LEGUIZAMON, en las sumas de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($6.750,00) y de
PESOS DOS MILSETECIENTOS ($2.700,00), a cada uno, como patrocinantes y apoderados, con más I.V.A., si correspondiere (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A., con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994)), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. MVI.- NOTIFIQUESE a la ejecutada en el domicilio real, o el contractual o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o
reconocida, de conformidad con el art. 530 del С.Р.С.С. y con las formalidades establecidas en el art. 341 del mencionado texto legal, el cual deberá ser íntegramente transcripto en el recaudo a librarse, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada. M VII.- REGISTRESE, PROTOCOLICESE. Beatriz Esther Cáceres -Juez- Juzgado en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación.——-» El presente debe publicarse por DOS (2) días en el Boletín oficial y en el diario local de mayor circulación. Resistencia 21 de octubre de 2025
«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA(180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS»
Publicado el día viernes 14 de Noviembre de 2025 10.52 hs.
Nº de publicación: 000299