La jueza Dolly Fernández rechazó que las medidas solicitadas por las defensas influyan en la pena

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La segunda audiencia de cesura del caso del Clan Sena avanzó este jueves con una resolución clave de la jueza Dolly Fernández, quien dejó sentado que las medidas reclamadas por las defensas “exceden el marco de esta etapa del proceso” y no serán consideradas para la determinación de la pena que se debate en esta instancia.

Fernández recordó que, tras el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular, la audiencia actual tiene un objetivo único: fijar las penas por los delitos de homicidio agravado y femicidio. En ese sentido, precisó que los planteos realizados por los defensores —entre ellos pericias médicas, evaluaciones psicológicas, pedidos vinculados al estado de salud y otras medidas complementarias— podrán llevarse adelante, pero no serán utilizadas para la mensuración de la pena.

La magistrada explicó que “corresponde hacer lugar a lo peticionado en tanto las partes aporten los datos necesarios”, pero aclaró que esas diligencias sólo tendrán valor para instancias posteriores del proceso, como eventuales pedidos de morigeración, tratamientos médicos o condiciones de cumplimiento de la sentencia. “Pueden solicitarse ahora, pero no guardan relación con la finalidad de esta audiencia”, remarcó.

En relación con las objeciones de la querella y el equipo fiscal respecto de algunas pruebas ofrecidas por las defensas, Fernández señaló que los planteos basados en la congruencia y en el principio del non bis in idem no son aplicables en esta etapa. Recordó que este principio requiere identidad entre objeto y personas, y que no se ve afectado antes del dictado de la sentencia definitiva.

La jueza resolvió finalmente que las medidas médicas y periciales solicitadas serán dispuestas para control y seguimiento de los imputados, sin incidir en la fijación de la pena que aún debe resolverse en esta audiencia.