El Gobierno de la Provincia del Chaco, a través de la Fiscalía de Estado, presentó un recurso de aclaratoria ante el Superior Tribunal de Justicia del Chaco en relación con la Resolución Nº 609, dictada el 16 de diciembre de 2025, mediante la cual se dispuso una medida cautelar vinculada a la Ley de Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo. Así lo informó el ministro de la Producción, Oscar Dudik.
La presentación fue acompañada por un pedido expreso de habilitación de días y horas inhábiles y/o de la feria judicial, atento a que el fallo produce efectos inmediatos y actuales aun durante el receso judicial. Desde el Ministerio se advirtió que la falta de precisión sobre el alcance de la cautelar genera un escenario de incertidumbre jurídica que impacta de manera directa en la gestión ambiental, la actividad productiva y el empleo.
Según se explicó, el recurso de aclaratoria no cuestiona ni impugna el fondo de la decisión judicial, sino que tiene como único objetivo precisar su alcance material y operativo, a fin de garantizar un cumplimiento adecuado por parte de la Administración Pública y evitar interpretaciones extensivas que excedan el objeto de la medida cautelar.
En particular, el Poder Ejecutivo solicita que el Tribunal aclare si la suspensión dispuesta alcanza exclusivamente a nuevos actos innovativos, como autorizaciones de cambio de uso del suelo o desmontes, o si, por el contrario, podría interpretarse como una paralización general de toda actuación administrativa vinculada al régimen forestal. En ese sentido, se remarcó que una interpretación amplia podría impedir funciones esenciales del Estado, tales como el control, la fiscalización, el monitoreo ambiental, la prevención de ilícitos y la ejecución de planes de manejo y conservación del bosque nativo.
Asimismo, se requirió precisión respecto del impacto de la cautelar sobre planes, permisos y actos administrativos firmes dictados con anterioridad al 16 de diciembre de 2025, entre ellos permisos de aprovechamiento forestal, planes de manejo integral y silvopastoril, así como tareas de restauración o limpieza de áreas degradadas, todos aprobados conforme al ordenamiento territorial vigente. Desde el Ministerio se advirtió que la suspensión automática de situaciones jurídicas ya consolidadas resultaría incompatible con el carácter provisorio y preventivo de la medida cautelar.
El escrito también subraya que una paralización total del sistema de gestión forestal no solo tendría consecuencias productivas y laborales, sino que podría generar riesgos ambientales indirectos, como la pérdida de control efectivo del territorio, el debilitamiento de la trazabilidad, el incentivo a la informalidad y la interrupción de programas de restauración y manejo sostenible.
En ese marco, el ministro de la Producción destacó que el derecho ambiental moderno no se basa en la inmovilización absoluta, sino en principios de prevención, proporcionalidad y desarrollo sostenible, que exigen una gestión activa del recurso con controles permanentes del Estado. “Suspender toda la actividad forestal legal y controlada no protege el ambiente; por el contrario, puede dejar al territorio sin presencia efectiva del Estado”, señalaron desde la cartera productiva.
Finalmente, el Gobierno provincial solicitó al Superior Tribunal que aclare expresamente que la cautelar no suspende toda la actividad forestal, no alcanza a actos administrativos firmes ni a planes vigentes, no impide las tareas de control y fiscalización y no sustituye la función de gestión ambiental de la Administración. Según se remarcó, una aclaración en ese sentido permitirá preservar el equilibrio entre la protección del bosque nativo, la seguridad jurídica, la legalidad administrativa y el sustento económico y social de la provincia.
