El Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia N°4 dispuso que un hombre realice tareas comunitarias en el Hogar de cuidado infantil “Tía Amanda” tras incumplir durante más de dos años con el pago de la cuota alimentaria de su hija.
La medida fue ordenada luego de constatarse la vulneración reiterada de los derechos de la menor, identificada como “María”, quien requiere que sus necesidades básicas y especiales estén garantizadas. Su padre, “Sebastián”, no cumplió en forma sostenida con la obligación judicial de aportar económicamente para su manutención.
La jueza Luisa Carolina Macarrein fundamentó la decisión en el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que habilita la aplicación de medidas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. En ese sentido, sostuvo que el objetivo de la resolución no es punitivo, sino preventivo y protector, priorizando el interés superior de la niña.
Como parte de la sanción, el progenitor deberá realizar trabajos comunitarios durante tres meses en el Hogar “Tía Amanda”, donde tendrá que cortar el pasto, reparar el enrejado y la columna del patio, y arreglar las puertas del establecimiento. La magistrada remarcó que, ante la falta de aporte económico, el cumplimiento puede darse a través del tiempo y el esfuerzo personal en beneficio de otros niños en situación de vulnerabilidad.
Además la Justicia impuso otras medidas para garantizar el cumplimiento: se le prohibió ingresar a clubes y entidades deportivas, se le suspendió la licencia de conducir, se le restringió la salida del país por seis meses y se ordenó el embargo de fondos bancarios por el monto adeudado.
En su fallo, la jueza recordó que, según la Convención sobre los Derechos del Niño, los padres tienen la responsabilidad primordial de asegurar condiciones de vida adecuadas para el desarrollo integral de sus hijos. La resolución busca generar conciencia sobre la responsabilidad parental y reforzar la tutela efectiva de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
