La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó, desde el 1 de enero de 2026, el procedimiento para solicitar la devolución del 30% retenido durante 2025 sobre distintos consumos realizados en moneda extranjera. El beneficio alcanza a miles de contribuyentes que afrontaron percepciones vinculadas a operaciones en dólares.
La medida aplica a las retenciones aplicadas por la compra de moneda extranjera, consumos con tarjetas de crédito y débito en el exterior, pagos a proveedores fuera del país y suscripciones digitales, como servicios de streaming, abonadas en pesos. Estos importes fueron percibidos a cuenta del Impuesto a las Ganancias y/o Bienes Personales.
El reintegro puede solicitarse de forma mensual, según el período en el que se haya realizado el gasto. La aprobación del trámite y la modalidad de devolución dependen de la situación fiscal de cada contribuyente.
Quienes no estén alcanzados por el Impuesto a las Ganancias ni por Bienes Personales pueden gestionar la devolución directamente a través del sitio web de ARCA, ingresando con su Clave Fiscal. El sistema exhibe las percepciones informadas por los agentes de retención y permite cargar manualmente aquellas que no figuren, siempre que se cuente con la documentación respaldatoria.
En el caso de trabajadores en relación de dependencia y jubilados que hayan tenido descuentos por el Impuesto a las Ganancias durante 2025, las percepciones deben declararse mediante el formulario Siradig – Trabajador, dentro del apartado “Pagos a cuenta”. El reintegro se efectúa posteriormente en la liquidación anual.
Para los contribuyentes inscriptos en Ganancias y/o Bienes Personales, las percepciones no se solicitan mediante un trámite específico, sino que se computan como pagos a cuenta en las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2025.
El procedimiento es completamente digital y exige tener informada y validada la CBU o CVU, ya que la devolución se realiza mediante depósito bancario. ARCA notifica el estado del trámite a través del Domicilio Fiscal Electrónico. Aunque no existe un plazo único de acreditación, los montos devueltos generan intereses desde el momento de la solicitud hasta su pago.
Especialistas recomiendan presentar primero los pedidos correspondientes a los primeros meses de 2025 y aguardar la carga de las percepciones de diciembre antes de iniciar ese último reclamo, a fin de evitar demoras o inconsistencias en el proceso.
