Dra-. CACERES BEATRIZ ESTHER, Jueza Civil y Comercial N 11. Secretaria a cargo TEALDI PABLO ALEJANDRO, sito en GUEMES N° 609, de Resistencia, notifica al demandado SILVINA RAMIREZ, D.N.I. N° 33.685.337 por Edictos que se publicarán por dos (2) días en el Boletín Oficial y en un diario local, notifíquese la parte resolutiva del DESPACHO MONITORIO emitido en autos en los autos caratulados: «GHIGGERI, ANABELLA GEOVANA C/ RAMIREZ. SILVINA NOEMI S/ EJECUTIVO.» EXPTE. № 9698/2025-1-C. La providencia que así lo ordena dice: «Resistencia, 09 de septiembre de 2025. AUTOS Y VISTOS: … CONSIDERANDO: RESUELVO: 1- LLEVAR ADELANTE la ejecución contra SILVINA RAMIREZ, D.NL. N 33.685.337, hasta hacerse el acreedor integro pago de la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000,00) en concepto de capital reclamado, con los intereses condenados liquidar en la forma establecida en los considerandos. II. PRESUPUESTAR la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000,00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER a la ejecutada que dentro del quinto (5°) día a partir de la notificación de la presente. podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de que la presente adquirirá el carácter de sentencia, pasándose a la etapa de cumplimiento de la misma de conformidad a lo dispuesto en el art. 541 tercer párrafo de dicho cuerpo legal. IV. IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 538 del C.P.C.C.). V- REGULAR los honorarios de los profesionales intervinientes: ANABELLA GEOVANA GHIGGERI y FRANCISCO DIEGO ALEJANDRO AYALA, en las sumas de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS ($128,800,00), para ambos, como patrocinantes, y los de ANABELLA GEOVANA GHIGGERI, en la suma de PESOS CIENTO TRES MIL CUARENTA ($103.040,00), como apoderada, en todos los casos con más I.V.A., si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A.). sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. VI.- NOTIFIQUESE a la ejecutada en el domicilio real, o el contractual o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida, de conformidad con el art. 530 del C.P.C.C. y con las formalidades establecidas en el art. 341 del mencionado texto legal, el cual deberá ser íntegramente transcripto en el recaudo a librarse, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada.».- Fdo) CACERES BEATRIZ ESTHER JUEZ JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N°11.- «Resistencia, 09 de Septiembre de 2025. Téngase presente la denuncia efectuada y atento lo peticionado trabase embargo sobre el automotor dominio: A141DCU; marca: HONDA; modelo: WAVE 110, si fuere propiedad de la demandada Sra. SILVINA RAMIREZ, D.N.I. N° 33.685.337, hasta cubrir las sumas reclamadas en autos, que ascienden a PESOS UN MILLON CIENTO SESENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA ($1.160.640,00) (Capital: $400.000,00, Intereses y Costas provisoriamente presupuestados: $400.000,00 y Honorarios: $360.640,00). 1. A los fines de la toma de razón y requerir condiciones de dominio y gravámenes actualizados del automotor en cuestión, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Automotor, autorizándose al recurrente y o quien indique a intervenir en su diligenciamiento. Notifíquese personalmente o por cédula al ejecutado el embargo trabado en su ausencia…» Fdo) CACERES BEATRIZ ESTHER JUEZ JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N°11” El presente documento fue firmado electrónicamente por : CACERES BREATRIZ ESTHER, DNI N° 16.367.446, JUEZ/A 1RA. INSTANCIA” Resistencia 25 de febrero de 2026.
«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA(180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS»
Publicado el día Viernes 27 de Febrero de 2026 13.21 hs.
N° de publicación N° 447