El Gobierno nacional reglamentó este domingo un nuevo capítulo de la Ley de Inocencia Fiscal y definió modificaciones clave en el régimen de multas automáticas, con el objetivo de reducir el impacto de las sanciones sobre las pequeñas y medianas empresas (pymes).
La medida fue oficializada mediante el decreto 93/2026, publicado en el Boletín Oficial, y responde a la fuerte preocupación que había generado la actualización de hasta un 100.000% en el monto de las multas tributarias. A partir de la reglamentación, se establecen procedimientos diferenciados que excluyen a las pymes de la automatización directa en la emisión de sanciones.
Según lo dispuesto, las intimaciones automáticas ya no se enviarán de forma generalizada. En el caso de las pymes y de los contribuyentes considerados no relevantes para la recaudación nacional, se aplicará un análisis individual. En lugar de multas inmediatas, se enviarán avisos o recordatorios para que puedan regularizar su situación antes de la apertura de un sumario.
Además, las pequeñas y medianas empresas quedarán exentas de sanciones si presentan sus declaraciones juradas y abonan los tributos en tiempo y forma, o si adhieren a planes de facilidades de pago. También se otorgará un plazo para corregir errores formales: si la rectificación se realiza antes de que la autoridad fiscal detecte la inconsistencia, no se considerará una discrepancia significativa.
Desde la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) señalaron que el nuevo esquema busca incentivar la regularización voluntaria y evitar que la modernización del sistema de control derive en consecuencias desproporcionadas para los actores económicos de menor tamaño.
La normativa se enmarca en la estrategia oficial de fortalecer la fiscalización sin afectar la continuidad de las pymes, preservar el empleo y sostener la actividad productiva, al tiempo que se mantiene la capacidad del Estado para recaudar y controlar con criterios de razonabilidad.