Dra. Beatriz Esther Cáceres, Juez del Juzgado Civil N° 11, sito en Güemes 609, ciudad, en autos. «CREDIL S.R.L C/ ESCALANTE, SILVINA SOLEDAD S/ EJECUTIVO», Expte. Nº 13.666/24: Resistencia, 11 de Febrero de 2025.- AUTOS Y VISTOS CONSIDERANDO: RESUELVO. I.- LLEVAR ADELANTE la ejecución contra SILVINA S. ESCALANTE, D.N.I. N° 29.187.640, hasta hacerse el acreedor integro pago de la suma de PESOS NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL (S 924.000,00) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. II. PRESUPUESTAR la suma de PESOS NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL ($ 924.000,00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III. HACER SABER a la ejecutada que dentro del quinto (5°) dia a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de que la presente adquirirá el carácter de sentencia, pasándose a la etapa de cumplimiento de la misma de conformidad a lo dispuesto en el art. 541 tercer párrafo de dicho cuerpo legal. IV.- IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 538 del C.P.C.C.). V.- REGULAR los honorarios de los profesionales intervinientes: VALERIA ALICIA DURAN ACEVEDO, en la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 233.957,00), como patrocinante y ANDRES ALEJANDRO CARIC FERNANDEZ, en la suma de PESOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES ($ 93.583,00), como apoderado, en ambos casos con más I.V.A., si correspondiere (arts. 3,5,6 y 15 de la L.A., sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. NOTIFIQUESE a la ejecutada en el domicilio real, o el contractual o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida, de conformidad con el art. 530 del C.P.C.C. y con las formalidades establecidas en el art. 341 del mencionado texto legal, el cual deberá ser íntegramente transcripto en el recaudo a librarse, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada. VII.- Fdo.: Dra. CACERES BEATRIZ ESTHER, JUEZ»: «Resistencia, 18 de Febrero de 2026. Atento las constancias de la causa y de conformidad a lo dispuesto por el art. 530 del C.P.C.C. en consonancia con los arts. 162, 163, 164 y 342 del mismo cuerpo legal, notifíquese la parte resolutiva del DESPACHO MONITORIO emitido en autos, a la ejecutada SILVINA SOLEDAD ESCALANTE, D.N.I. N° 29.187.640, por Edictos que se publicarán por dos (2) días en el Boletín Oficial y en un diario local de mayor circulación. Fdo.: Dra. E. Cáceres, Juez».- VI- Resistencia, 24 de Febrero de 2.026.-
«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA(180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS»
Publicado el día sabado 07 de marzo de 2026 13.30 hs.
N° de publicación : 000468