EDICTO: COFINAR SAS C/ GORDILLO LOPEZ MARCELO ORLANDO S/ EJECUTIVO», Expte. N° 1190/22-PUBLICADO 04,05 Y 06 DE MAYO DE 2026

Edictos

El Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras (PECQ) de Saenz Peña, Chaco a cargo del DR. GAUNA MARCELO DARIO, Juez, Secretaria actuante, sito en 25 de Mayo Nº 338 Piso: 5, en autos caratulados: COFINAR SAS C/ GORDILLO LOPEZ MARCELO ORLANDO S/ EJECUTIVO», Expte. N° 1190/22, se ha dispuesto librar la presente a fin de hacerle saber la siguiente resolución:///sidencia R. Sáenz Peña, 13/03/2024.-(…)CITESE a GORDILLO LOPEZ, MARCELO ORLANDO Y DNI Nº 36.190.403 por edictos que se publicarán por TRES(3)veces en el Boletín Oficial y un diario local, emplazándolo para que dentro de cinco(5) días, invoque y pruebe cuanto estime conveniente a su derecho, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausentes para que la represente.-Pcia. R. Sáenz Peña, 28 de marzo del 2022.(…)RESUELVO: I) LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra GORDILLO LOPEZ, MARCELO ORLANDO, condenándola/lo a pagar a la accionante la suma de PESOS cuarenta mil ($ 40.000,00), en concepto de capital, con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas, presupuestándose a esos efectos provisoriamente la suma de PESOS seis mil setecientos veinte ($ 6.720,00), sujeta a liquidación definitiva. II) HACER SABER A LA/EL EJECUTADA/O que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a éste despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del Código Procesal Civil y Comercial, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el párrafo 3º del art. 541 del mismo cuerpo legal. Asimismo, INTIMASELA/O a que en igual plazo constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los Estrados del Juzgado en los términos del art. 56 del C.P.C.C.CH. III) IMPONER las costas a la/el ejecutada/o (art. 538C.P.C.C.). IV) REGULAR los honorarios de la/el Dra/Dr. OCTAVIO GRACIOSI, como letrada/o patrocinante de la parte actora, en la suma de PESOS VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS ($ 26.400,00) y, como apoderada/o de la misma parte, la suma de PESOS DIEZ MIL QUINIENTOS SESENTA($10.560,00), con más IVA (21%) si correspondiere, todo conforme las pautas de los arts. 3, 5, 6, 15 y conc. de la ley 288-C. Notifíquese a Caja Forense y cúmplase con los aportes de ley.V) NOTIFICAR la presente a la parte demandada en la forma dispuesta por el Art. 530 del C.P.C.C. con copias de la demanda y documental acompañada y con las formalidades establecidas en el art. 341 del C.P.C.C. con transcripción de los mencionados artículos. VI) REGÍSTRESE Y PROTOCOLÍCESE. El presente documento fue firmado electronicamente por: GAUNA MARCELO DARIO, DNI: 23949656, JUEZ 1RA. INSTANCIA. Sáenz Peña,  16  de ABRIL de 2024.-

«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA(180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS»

Publicado el día Miércoles 06 de Mayo de 2026  09.05 hs.

N° de publicación : 000559