El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación, a cargo de la Dra. OLGA SUSANA LOCKETT–Juez, sito en Av. Laprida Nº 33, Torre II Piso 3 Resistencia, NOTIFICA a la Sra. LOPEZ VERONICA VIVIANA, D.N.I. Nº 31.309.608, la sentencia monitoria dictada en autos: «FINANPRO SRL C/ LOPEZ VERONICA VIVIANA S/ EJECUTIVO», Expte. Nº 1088/25″, la que en su parte resolutiva, DICE: Resistencia, 7 de Marzo de 2025…. Téngase presente el recurso de aclaratoria interpuesto y asistiendo razón al recurrente, habiéndose incurrido en un error involuntario en el despacho dictado en fecha 25/02/2025, déjase aclarado que donde dice»(…) adeudándose en total la suma de $1.044.000,00 (…)» debe decir: «adeudándose en total la suma de $1.301.800». La presente forma parte del despacho monitorio dictado en fecha25/02/2025…. NOT.- OLGA SUSANA LOCKETT Juez Juzgado Civil y Comercial Nº 8 Resistencia, 25 de Febrero de 2025.- (…) RESUELVO: I.- LLEVAR ADELANTE la ejecución, contra VERONICA VIVIANA LOPEZ, D.N.I. 31.309.608, hasta hacerse el acreedor íntegro pago de la suma de PESOSUNMILLON TRESCIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS ($1.301.800,00) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. II.- PRESUPUESTAR la suma de PESOS SEISCIENTOSCINCUENTA MIL NOVECIENTOS ($650.900,00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER al ejecutado que dentro del quinto (5º) día a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del CPCC, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 -tercer y cuarto párrafo- del citado cuerpo legal. IV.- IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 538 del CPCC). V.- REGULAR los honorarios de las profesionales intervinientes: Dra. JESSICA MALVINA CAMPOS en la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y TRESMILNOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($233.957,00) en carácter de patrocinante y al Dr. GUSTAVO INGARAMO en la suma de PESOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOSOCHENTA Y TRES ($93.583,00) en carácter de apoderado, con más I.V.A. si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. VII.- REGISTRESE, PROTOCOLICESE. OLGA SUSANA LOCKETT Juez Juzgado Civil y Comercial Nº 8” El presente debe publicarse por UN (1) días en el Boletín oficial y en el diario local de mayor circulación, emplazándolo para que dentro de cinco (05) días, tome intervención en autos, bajo apercibimiento de designarse Defensor de Ausentes.
Resistencia, 06 de Agosto de 2025KARINA ALEJANDRA ROLON Abogada – Secretaria Juzgado Civil y Comercial N°8.-